El documento refiere que el artículo 94 constitucional establece que la remuneración que perciban no podrá ser disminuida durante su encargo
Destacó que no impide que en ejercicio de su independencia y autonomía de gestión presupuestal, la SCJN ejerza una autorregulación de las remuneraciones de sus integrantes bajo los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez que la propia Constitución establece.
“En estas condiciones la SCJN acordó, como medida de racionalidad del gasto público, que las remuneraciones de los 11 ministros serán disminuidas en 25% respecto de las percibidas en el ejercicio físico 2018.
“Asimismo la presidencia de la SCJN y de Consejo de la Judicatura Federal revisarán y en su caso, publicarán los montos de las remuneraciones de magistrados y jueces del Poder Judicial de la Federación – conforme a lo aprobado en el PEF 2019- a efecto de asegurar, como mandata el artículo 94 constitucional”, detalla la respuesta que emitió el pleno de la Corte a la solicitud que la titular de la Secretaría de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján, realizó mediante oficio el pasado 27 de junio.
El documento refiere que el 8 de enero de 2019 fue publicado en diversos medios de comunicación, que la Corte informó a la sociedad las acciones tomadas en relación con el cumplimento del artículo 127 constitucional, entre los puntos destaca que el artículo 94 constitucional establece que la remuneración que perciban los ministros de la SCJN, los magistrados de circuito, los jueces de distrito y los Consejeros de la Judicatura Federal, así como los Magistrados electorales no podrá ser disminuida durante su encargo.