AMLO presentó en 2016 un juicio contra una reforma constitucional, pero ahora dice que no corresponde a la SCJN revisar estos temas

LATINUS

El 17 de febrero de 2016, López Obrador, entonces dirigente nacional de Morena, promovió la acción de inconstitucionalidad 17/2016 en contra de la reforma que transformó al Distrito Federal en la Ciudad de México; la Suprema Corte determinó que fue improcedente
El presidente Andrés Manuel López Obrador aseguró en su conferencia matutina de este martes que no existe ningún fundamento legal para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eche para atrás la reforma judicial que propuso y aprobó la mayoría calificada de Morena y sus aliados en el Congreso federal y legislaturas locales.

“¿Cuál es el fundamento para que no se pueda reformar la Constitución?”, cuestionó hoy el mandatario desde Palacio Nacional.

Sin embargo, el 17 de febrero de 2016, el presidente López Obrador, entonces dirigente nacional de Morena, promovió la acción de inconstitucionalidad 17/2016 en contra de la reforma constitucional que transformó al Distrito Federal en la Ciudad de México.

Según las declaraciones públicas del presidente López Obrador, esa reforma constitucional se trató de una trampa del PRI, PAN y PRD para “evitar el avance” de Morena, fuerza política que encabezaba, en la capital del país. 

De acuerdo con los registros de la Suprema Corte, López Obrador argumentó en uno de sus conceptos de invalidez que “el Poder Reformador de la Constitución no tiene competencia para contradecir al Constituyente”, que estableció el Distrito Federal.

Además, aseguró que si bien el Congreso de la Unión y las legislaturas locales tienen la atribución de reformar la Constitución, “no pueden sustituirla, modificarla, limitarla ni destruirla en cuanto a sus ejes esenciales o principios fundamentales, ni tampoco violar derechos humanos o políticos”.

Dijo que el Constituyente Permanente no puede alterar o modificar la forma de gobierno, a menos que se convoque a consulta popular y que las reformas al texto constitucional no deben vulnerar los derechos humanos reconocidos por la Constitución y los tratados internacionales.

Según el recurso presentado por el entonces dirigente nacional morenista, se debió realizar una consulta popular a los ciudadanos del extinto Distrito Federal para preguntar si estaban de acuerdo con la modificación constitucional que transformó a la entidad federativa en la Ciudad de México

También se inconformó con la reforma en cuanto se permitió a los titulares del Ejecutivo federal y local designar a cierto número de integrantes de la asamblea constituyente que redactó la constitución de la Ciudad de México. 

La facultad del presidente de la República y el jefe de Gobierno para designar a integrantes de la constituyente “afecta el principio fundamental del federalismo, así como el de división de poderes e incurren en responsabilidades como servidores públicos por violaciones a la Constitución y a su forma de gobierno”, según reclamó en la acción de inconstitucionalidad.

El ministro Javier Laynez Potisek, ponente de ese caso, determinó en ese caso que la acción de inconstitucionalidad que promovió el entonces dirigente de Morena fue improcedente por tratarse de una reforma a la propia Constitución. 

Eso provocó que López Obrador ingresara un recurso de reclamación en el que, mediante un voto particular, el hoy ministro en retiro Arturo Zaldívar defendiera que la Suprema Corte puede analizar e incluso invalidar reformas a la Constitución.

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