Desacato de gobierno federal con publicación de reforma judicial, violenta la Constitución

Ejecutivo y Legislativo no esperaron resoluciones y violan la Constitución: De Alva de Alva.

Irineo Pérez Melo.- El no haber acatado el mandato de un Juez para detener la reforma judicial, el gobierno federal, que preside Andrés Manuel López Obrador, cae en desacato, violentando con ello el estado de Derecho y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aseguró el magistrado en retiro del Poder Judicial Federal José Manuel de Alba de Alba.
En conferencia de prensa, el jurisconsulto mencionó que con dicha reforma se están cambiando el sistema (judicial), se están quitando a jueces de carrera para poner a jueces de elección popular, además de cesar a jueces sin ser oídos y vencidos.
Expresó que se le está pidiendo al Ejecutivo y Legislativo que retiren la reforma para que se puedan analizar por la Suprema Corte de la Nación, que es el máximo intérprete de la Constitución y esto está en la misma Carta Magna, pero se le ordena al Ejecutivo y no hace caso de la suspensión.
“Si no hace caso de esa suspensión, que es materia del juicio, imagínense que pasa con cualquier orden de cualquier particular, añadió.
Dijo que es falso de toda falsedad los señalamientos que realizan personajes del Legislativo y del Ejecutivo en el sentido de que por ser un reforma constitucional no procede ninguna apelación que hagan y argumentó que la postura asumida se deriva de lo establecido en el artículo 61 de la Ley de Amparo que dice que no procede ningún acto contra reformas constitucionales, pero esa es una ley inferior, pero en la Constitución no hay ninguna limitante.
“Sería tan absurdo que si en la propia reforma si se habría determinado fuera en un caso que los jueces de elección popular que no se no se permita la elección de mujeres para ministras de la Suprema Corte sería recurrible, claro que sería recurrible los derechos humanos están reconocidos en la Constitución y el estado se obligó a respetarlos y tenemos un recurso siempre cuando hay una afectación.
Reiteró que lo señalado por el diputado Ricardo Monreal Ávila es una mala interpretación que está muy sesgada, porque por encima está la Constitución de la Ley de Amparo, añadió.
De la jurisprudencia señalada por la ministra Esquivel, dijo que está relacionada a una contradicción de tesis de la Segunda Sala en el cual la disputa era que si era improcedente o no el juicio de amparo contra reformas constitucionales y lo que se determinó fue que era notoriamente improcedente, pero no sé analizó el tema que ahora esta en discusión y que se refiere a lo establecido al artículo 61 de la Ley de Amparo, fracción primera es inconvencional e iría en contra de los Tratados Internacionales y de la propia Constitución, que establece la protección de los Derechos Humanos.
De darse este supuesto, será la Corte Interamericana lo declararía inconstitucional y obligaría al Estado Mexicano, que los firmó en 2011, que se puede revocar lo hasta ahora aprobado.
“La Corte en este caso es una violación a la suspensión, si se tramita, se estaría en un delito. Las leyes que establecieron los diputados y se puede invalidar esa resolución.
En ese contexto, dijo que puede llevar al cese del titular del Ejecutivo Federal, porque no se cumplió con las suspensiones escritas y que esto está establecida en la ley.
De los plazos establecido, dijo que es de acuerdo a los plazos establecidos, se tienen que presentar las demandas y empieza los trámites y serán los tiempos establecidos para ese fin.
“Uno de los tiempos son las suspensiones y antes de que entren en vigencia esta reforma, se puede analizarla para que no se consuma.

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