LATINUS
- Un proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña propone anular el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que obliga a partidos y coaliciones a postular al menos a cinco mujeres a las ocho gubernaturas y la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.
- Corresponde en primer lugar al Congreso de la Unión y a los Congresos estatales regular el principio constitucional de paridad en la postulación de candidaturas y no al Instituto Nacional Electoral, establece el proyecto del magistrado.
- Fuentes del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación mencionaron que es probable que este proyecto sea discutido en la sesión de mañana miércoles 8 de noviembre en la Sala Superior de dicho tribunal.
- Cabe destacar que el INE argumentó que sólo los Congresos locales de Jalisco y Yucatán regularon la paridad de género para gubernaturas, por lo que el órgano electoral tenía facultad para subsanar la omisión mediante el acuerdo que emitió para ordenar a los partidos la postulación paritaria.
- Al respecto, el proyecto del magistrado Felipe de la Mata plantea que “la competencia originaria para legislar sobre elecciones locales la otorga la Constitución federal a los Congresos locales, por lo que, el INE carece de facultades para sustituirse en órgano legislativo o para cubrir vacíos generados por omisiones legislativas”.
- En resolución a una impugnación presentada por Movimiento Ciudadano, el proyecto argumenta que “es inconstitucional y erróneo que el INE se adjudicara la competencia para observar el cumplimiento de la paridad de género en las elecciones locales, no existe norma ni mandato judicial que la faculte”.
- Refirió que la facultad reglamentaria del instituto electoral debe ejercerse dentro de los límites constitucionales y legales, y en el caso, la legislación aplicable no contempla la obligación impuesta a los partidos políticos.
- “Se vulnera el principio de certeza jurídica y la consecuencia inmediata sería modificar reglas de los procesos electorales locales, ya que el INE pretende asumir la facultad legislativa para subsanar omisiones, cuando los procesos para la elección de gubernaturas y Jefatura de Gobierno ya iniciaron, lo que constituiría una violación al artículo 115 constitucional”, puntualizó.
- Por ello, la sentencia propuesta indicó que “son fundados los agravios (de Movimiento Ciudadano), dado que el INE carece de competencia constitucional y legal para imponer disposiciones para garantizar la paridad sustantiva en la postulación y registro de candidaturas a gubernaturas y la Jefatura de Gobierno”.
- De aprobarse este proyecto, los partidos quedarían en absoluta libertad de postular a candidatos y candidatas, aunque apegado a lo que establecen sus documentos básicos: estatutos y declaración de principios en materia de igualdad y paridad de género.