- El criterio es que debe tener como mínimo que el 60% de la población sea indígena: Martínez Martínez.
- En Veracruz existen 3 distritos con población indígena y sólo Tantoyuca puede tener candidatos indígenas.
Irineo Pérez Melo u Por resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en las próximas elecciones todos los partidos políticos y coaliciones deberán de postular como candidatos a personas de extracción indígena en los distritos en donde la mayoría de sus habitantes sean autóctonos.
Esto lo dio a conocer el diputado Manuel Francisco Martínez Martínez, presidente de la Comisión Permanente de Asuntos Indígenas en el Congreso del Estado, quien dijo el criterio que consideró el Tribunal para seleccionar a los distritos en donde los partidos políticos y coaliciones deben postular candidatos de origen indígena fue que tuvieran como mínimo un 60 por ciento de población indígena.
En conferencia de prensa, el legislador local del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) recordó que en el estado de Veracruz existen tres distritos, que son considerados indígenas por el Instituto Nacional Electoral (INE) que son Tantoyuca con una población del 70.7%; el Distrito 06 de Papantla, con el 42.92% y el Distrito 18 de Zongolica, que cuenta con una población indígena del 51.9%.
En este caso, dijo, sólo el distrito de Tantoyuca de manera obligatoria todos los partidos y coaliciones deben postular candidatos de origen indígena, “sin que los aspirantes se disfracen como tales”.
Por tal motivo, exhortó a los partidos políticos y coaliciones a acatar esta sentencia que es obligatoria y al INE a estar muy al pendiente que los partidos cumplan con este mandato legal, al tiempo de reiterar que se debe cuidar que personas indígenas quieran abusar y se hagan pasar por indígenas sin serlo.
Recordó que quienes deseen participar el Tribunal acordó cumplir con los requisitos, como es el caso de su origen indígena, el cual deben acreditar mediante constancia que prestaron en algún momento servicios comunitarios o desempeñado cargos tradicionales en sus comunidades, poblaciones o distritos donde buscarán la postulación; haber resuelto algún conflicto; ser representante indígena de alguna comunidad o asociación indígena que tenga como finalidad mejorar o conservar sus instituciones.
En ese tenor, destacó que cada partido político puede agregar algún otro requisito de prueba, además de dominar la lengua materna o la que se hable en su pueblo, con lo cual se evitarán ser impugnados, de darse el caso.
Mencionó que en los distritos electorales en cuestión deben postular al menos seis varones y siete mujeres, o viceversa, por lo que debe difundirse este avance importante en materia electoral, el cual servirá para que puedan ser representados los indígenas dignamente de acuerdo a sus culturas, sus costumbre, sus tradiciones y tendrán el respaldo en el estado y el país.