Se tapan entre miembros de la 4T…INE desecha denuncia contra Lenia Batres, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz por actos anticipados de campaña

Los integrantes de la asociación Civil Defensorxs A.C., presentaron 99 pruebas con links a entrevistas, reuniones y giras por el país que han hecho las tres ministras desde el año pasado, y donde presuntamente se han promovido de cara a la elección judicial del 1 de junio
LATINUS

La Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) desechó la denuncia que presentaron integrantes de la asociación Civil Defensorxs A.C., en contra de las ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)Yasmín Esquivel Mossa, Lenia Batres Guadarrama y Loretta Ortíz Ahlf, por la presunta comisión de actos anticipados de campaña, promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos.

Los integrantes de dicha asociación presentaron 99 pruebas con links a entrevistas, reuniones y giras por el país que han hecho las tres ministras desde el año pasado, y donde presuntamente se han promovido de cara a la elección judicial del 1 de junio. 

Una de esas pruebas es de un evento en Veracruz, donde de acuerdo con un medio de comunicación en ese estado, la ministra Ortiz expresó: “aspiro a ser la ministra más votada: Loretta Ortiz; Veracruz será prioridad”.

Al respecto, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE resolvió que 85 de los casos no constituyen una vulneración a la normativa electoral, y en el resto de las pruebas aportadas resolvió que “no es posible advertir cuáles son los elementos contenidos en dichas publicaciones o entrevistas que podrían actualizar una vulneración a la normativa electoral”. 

En el expediente UT/SCG/PE/PEF/MAMC/CG/2/2025, dicha instancia del INE argumentó que “no todo mensaje puede ser sancionado, ya que si bien las ministras denunciadas hicieron referencia a la reforma del Poder Judicial, a temas vinculados con esta, se trataron de asuntos de interés público para la opinión pública, sin que las mismas contengan algún llamado al voto explícito e inequívoco o mediante algún equivalente funcional como estableció el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en el expediente SUP-REP-57 4/2022. 

Por ello, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE resolvió que, “del análisis preliminar de los hechos denunciados, se considera que estos no contravienen la normativa electoral, ya que, de los medios de prueba aportados por las personas denunciantes, no se advierten elementos siquiera indiciarios que presupongan de manera evidente una posible vulneración a la normativa electoral por parte de las denunciadas, vinculadas con la presunta realización actos anticipados de campaña, promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos relacionados con la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial”.

Esta resolución de la Unidad Técnica ocurre apenas un día después de que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el catálogo de infracciones para la elección judicial, y donde estableció que las aspirantes registrados, así como aquellos jueces, ministros y magistrados en funciones que aceptaron el pase automático, no podrán cometer desde ahora actos anticipados de campaña.

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