“Si tienen duda razonable», deben exonerar a García Luna, dice el juez Brian Cogan al jurado

Al instruir al jurado del juicio contra Genaro García Luna previo a sus deliberaciones, el juez Brian Cogan les pidió exonerarlo «si tienen duda razonable de lo que aquí han observado y escuchado», o declararlo culpable «si para ustedes es suficiente el testimonio de los testigos».

PROCESO

BROOKLYN, NY (apro).– “Ustedes son los jueces y sin temor deben emitir una decisión”, instruyó el juez Brian Cogan a los integrantes del jurado del juicio por narcotráfico en contra de Genaro García Luna, cuya veredicto podría conocerse este viernes 17 de febrero.

“Los miembros del jurado quieren sesionar mañana (viernes 17) porque no quieren venir el martes (21)”, informó el juez Cogan a la parte acusadora y defensora, dando una pista de que posiblemente este viernes 17 de febrero se declarará culpable o no culpable al acusado.

Tras concluir las audiencias con la presentación de testigos y pruebas de cargo, Cogan inició la sesión número 14 del juicio instruyendo al jurado sobre los estatutos de la ley federal con respecto a los cargos al acusado.

“Si por alguna razón tienen duda razonable de lo que aquí han observado y escuchado” deben exonerar al señor García Luna, explicó Cogan a las siete mujeres y cinco hombres que integran al jurado en el proceso judicial en la Corte Federal del Distrito Este en Brooklyn, Nueva York.

“Ahora, si el gobierno estadunidense, aunque no presentara pruebas de cargo en contra del acusado, pero para ustedes es suficiente el testimonio de los testigos, lo deben declarar culpable”, matizó, Cogan exhortando al jurado a utilizar el sentido común para emitir un “fallo imparcial”.

Luego de casi tres horas de instrucción y detallar uno a uno los cinco delitos que el gobierno de Estados Unidos le achaca a García Luna, y lo que implica ser declarado responsable de cometer las imputaciones, el jurado comenzó a deliberar.

No existe jurídica ni legamente en Estados Unidos un plazo para que los integrantes de un jurado calificador en juicio federal emitan su veredicto que debe ser unánime; en este proceso, las siete mujeres y cinco hombres podrían incluso pasar meses deliberando hasta llegar a un acuerdo.

“Desechen prejuicios, la presunción de inocencia del acusado es suficiente para exonerarlo, a menos que ustedes consideren que el gobierno presentó, sin duda razonable, las evidencias para declararlo culpable”, subrayó Cogan a los integrantes del jurado.

A García Luna, secretario de Seguridad Pública de Felipe Calderón, el gobierno de Estados Unidos le imputa cuatro delitos de conspiración internacional con el Cártel de Sinaloa para trasegar drogas, y uno más: mentirle a un agente federal migratorio.

Si no hay unanimidad en la decisión del jurado, el juicio se considerará descartado, pero García Luna no podría quedar en libertad, ya que el Departamento de Justicia inmediatamente pediría su detención para reiniciar la imputación de cargos bajo otro proceso judicial.

Si el jurado por unanimidad lo considera no culpable, García Luna quedaría inmediatamente en libertad y el gobierno estadunidense podría restablecerle su estatus de residencia legal y rehabilitarle su solicitud de ciudadanía por naturalización.

Ahora, si el jurado lo marca como culpable de cualquiera de los delitos, especialmente de los cuatro de narcotráfico, García Luna podría recibir una sentencia de cadena perpetua como pena máxima, o de 20 años en prisión como castigo mínimo, para luego ser extraditado a México, en donde le achacan varios delitos sobre delincuencia organizada.

“La responsabilidad del gobierno es siempre la demostración sin duda razonable de la culpabilidad del señor García Luna”, añadió Cogan al jurado, que en la sesión de este jueves solicitaron al juez algunas aclaraciones sobre las audiencias del juicio.

Entre las peticiones del jurado estuvo la de pedir los argumentos de apertura y cierre del Departamento de Justicia y de la defensa legal de García Luna, no obstante, Cogan se las negó tras explicarles que jurídicamente su pedido no es considerado como causa probatoria.