Suprema Corte ordena restablecer las medidas que impiden el monopolio de Pemex en materia de hidrocarburos

LATINUS

La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional que el Congreso dejara a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) sin su facultad para implementar una regulación asimétrica en materia de hidrocarburos a Petróleos Mexicanos (Pemex).

Además, ordenó que se restablezcan las medidas de regulación asimétrica en contra de Pemex para la venta de primera mano de hidrocarburos y petroquímicos. Las medidas de regulación asimétrica equilibran la competencia entre empresas que participan en el mercado energético y, en este caso, evita que Pemex sea un monopolio vertical del Estado.

La CRE emitió una serie disposiciones administrativas para controlar el mercado de hidrocarburos, pero en 2021 el Congreso eliminó la facultad de la CRE para establecer la regulación asimétrica porque, a su criterio, ya existen demasiados agentes económicos participando en el mercado energético.

Tras esa reforma, la CRE emitió el acuerdo A/015/2021 para dejar sin efectos las medidas asimétricas que había establecido en contra de Pemex y sus empresas subsidiarias. Ante esto, un grupo de ocho empresas se ampararon en contra de la reforma al artículo 13 transitorio de la ley de Hidrocarburos.

De acuerdo con Javier Laynez Potisek, ministro que elaboró el proyecto, la comisión tiene facultades constitucionales para regular la venta de primera mano de hidrocarburo e imponer medidas asimétricas si así lo estima conveniente.

Asimismo, consideró que el Congreso no tiene facultades en materia de competencia económica para determinar si un mercado ha alcanzado un desarrollo eficiente y competitivo.

La propuesta del ministro Laynez Potisek fue aprobada con mayoría de tres votos. Las ministras Loretta Ortiz y Yasmín Esquivel votaron en contra de que se volvieran a implementar las medidas asimétricas establecidas en contra de Pemex.