Afirman que las suspensión se concedió para garantizar que las personas habitantes de Oaxaca cuenten con un Tribunal ante el cual dirimir sus diferencias frente a la administración pública estatal y que eviten vulnerar sus derechos
La suspensión es para efectos de que los magistrados del TJAO sigan en el cargo que les fue conferido y no les sustituyan las personas nombradas el sábado 22 de julio, no se dé curso a la indemnización a la que se refiere el decreto y no se les interrumpa el pago de sus percepciones.
Ante todo, informó la Suprema Corte de Justicia, se concede la suspensión del decreto para asegurar que las personas habitantes de Oaxaca cuenten con un Tribunal ante el cual dirimir sus diferencias frente a la administración pública estatal y evitar una vulneración del derecho humano a la impartición de justicia pronta y expedita.
La medida cautelar también tiene por efecto que las funciones del actual Tribunal de Justicia Administrativa del estado de Oaxaca no se modifiquen y que el Congreso se abstenga de realizar la reasignación presupuestal que ordena el decreto cuestionado y publicado por el gobernador morenista, Salomón Jara.
De esta manera, la Corte comenzará a analizar si la reforma de la que derivó el decreto impugnado siguió el procedimiento legislativo que se define en la Constitución y, en su caso, si el contenido del decreto cumple con los principios establecidos en ésta.