El decreto de jubilación anticipada forma parte de una de las principales demandas históricas de sectores del magisterio y trabajadores del Estado.
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Una nueva medida impulsada por la Presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, en materia de jubilación beneficiará a miles de trabajadores y trabajadoras que podrán retirarse antes. El decreto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación desde el pasado 24 de junio del 2025 y busca reconocer el derecho de las personas trabajadoras al servicio del Estado a una pensión jubilatoria justa y digna.
Es importante señalar que este decreto, por el cual se detiene y se reduce gradualmente la edad mínima para tener derecho a la pensión por jubilación, solamente beneficia a quienes pertenecen al régimen del Artículo Décimo Transitorio de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Sigue leyendo para que te enteres de todos los detalles.

¿En qué consiste el nuevo decreto de jubilación anticipada de Claudia Sheinbaum?
La reforma del ISSSTE del 2007 había establecido que la edad mínima para jubilarse bajo el Décimo Transitorio aumentaría gradualmente con los años. Sin embargo, gracias a este nuevo decreto firmado por la Presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo se logran tres aspectos importantes:Noticias Relacionadas
- Se frena el incremento de la edad de jubilación.
- Se congela la edad actual de jubilación.
- Se reduce la edad de jubilación a partir del 2028 y hasta el 2034.
¿Quiénes se podrán jubilar en 2027?
Según el decreto de Claudia Sheinbaum, se podrán jubilar en 2027 las y los trabajadores que cumplan los siguientes requisitos:
- Pertenecen al régimen del Artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE.
- No migraron al sistema de cuentas individuales.
- Cumplen los años de servicio; en el caso de las mujeres son 28 años de servicio y en el caso de los hombres son 30 años de servicio.

¿A qué edad se podrán jubilar los trabajadores en 2027?
- Mujeres a los 56 años de edad, que cumplan los requisitos antes mencionados.
- Hombres a los 58 años de edad, que cumplan los requisitos antes mencionados.
¿Quiénes no pueden acceder a los beneficios de este nuevo decreto?
- Trabajadores y trabajadoras afiliados al IMSS.
- Trabajadores y trabajadoras bajo el sistema de Afores o cuentas individuales del ISSSTE.
- Trabajadores y trabajadoras que optaron por el Bono de Pensión.
- Trabajadores y trabajadoras que pertenecen a otra modalidad de pensión, distinta del Décimo Transitorio.